
- El Modelo 721 es una declaración informativa: no liquida impuestos, solo informa a Hacienda de las criptomonedas que tienes en el extranjero.
- Solo obliga si el saldo conjunto supera los 50.000 euros a 31 de diciembre; por debajo de ese umbral no hay que presentarlo.
- El plazo va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que se declara.
- Las criptomonedas en exchanges no españoles o en wallets gestionadas fuera de España son las que cuentan; las custodiadas en territorio español quedan fuera.
Cada inicio de año, una parte de los tenedores de bitcoin (BTC) en España descubre que existe una obligación de la que nadie les había avisado: informar a Hacienda de sus criptomonedas guardadas fuera del país. Esa es la función del Modelo 721, una declaración informativa que la Agencia Tributaria estrenó para el ejercicio 2023 y que conviene tener en el radar mucho antes del 31 de marzo. No paga ni un euro de impuestos por sí misma, pero ignorarla sale caro.
Vale aclarar que el 721 no sustituye a la declaración de la renta. Son trámites distintos y complementarios: uno informa de dónde están tus criptomonedas, el otro tributa por las ganancias cuando vendes. Conviene no confundirlos, porque cumplir con uno no te exime del otro.
¿Qué es exactamente el Modelo 721?
El Modelo 721 es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. Su lógica es la misma que la del veterano Modelo 720 para cuentas y bienes en el exterior: Hacienda quiere saber qué patrimonio cripto tienen los residentes fiscales en España fuera de sus fronteras, aunque ese patrimonio no genere todavía ningún impuesto.
La clave está en la palabra «informativa». Presentarlo no implica pagar nada: es un censo, no una liquidación. El impuesto llega solo cuando vendes, permutas o conviertes esas criptomonedas y afloras una ganancia, y eso se tributa por separado en el IRPF. El 721 se limita a decirle a la Agencia Tributaria dónde está tu dinero digital.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 721?
La obligación recae sobre los residentes fiscales en España cuyo saldo conjunto de criptomonedas en el extranjero supere los 50.000 euros a 31 de diciembre del ejercicio. Ese umbral se mide sumando todas las posiciones fuera del país, no moneda a moneda.
Cabe recordar que aquí lo determinante es dónde están custodiadas las criptomonedas, no de qué moneda se trate. Cuentan las que mantienes en exchanges extranjeros y en wallets gestionadas por terceros fuera de España. Quedan fuera, en cambio, las que tengas en plataformas españolas, porque esas ya las reporta el propio proveedor a Hacienda.
Un matiz importante para quien usa hardware wallets: las criptomonedas en autocustodia —las que controlas tú con tus claves privadas, sin intermediario— generan dudas razonables sobre si se consideran «situadas en el extranjero». Es uno de los puntos grises del modelo y, según el caso, conviene contrastarlo con un asesor antes de decidir.
¿Cuándo y cómo se presenta?
El plazo es el primer trimestre del año: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que se declara. Es decir, las posiciones a 31 de diciembre de un año se informan en el primer trimestre del año siguiente, siempre de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
En la declaración hay que detallar, por cada posición, el tipo de criptomoneda, su saldo a cierre de año y la entidad o plataforma que la custodia, valorando todo en euros al tipo de cambio del 31 de diciembre. Una vez presentado el primer año, en los siguientes solo es obligatorio volver a declarar si el saldo conjunto aumenta en más de 20.000 euros respecto a la última declaración.
¿Qué pasa si no lo presento? Sanciones
Aquí está el motivo por el que conviene tomárselo en serio. No presentar el 721 estando obligado, hacerlo fuera de plazo o con datos incompletos puede acarrear sanciones por declaración informativa incorrecta o extemporánea, con multas que se calculan por dato omitido o erróneo.
Vale aclarar un precedente relevante: el régimen sancionador desproporcionado del antiguo Modelo 720 fue tumbado en 2022 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por considerarlo contrario al derecho comunitario. El 721 nació ya con ese aviso encima, de modo que sus sanciones se enmarcan en el régimen general de declaraciones informativas y no en aquellas multas confiscatorias. Aun así, presentarlo a tiempo es siempre más barato que regularizar después.
721 frente a la declaración de la renta: no son lo mismo
Es el error más repetido. El Modelo 721 informa de tenencia; la renta tributa por ganancias. Puedes estar obligado a presentar uno, el otro, los dos o ninguno, según tu caso.
Si durante el año has vendido, permutado o convertido criptomonedas, esas operaciones tributan en el IRPF aunque no llegues al umbral del 721, y conviene tener clara cómo declarar las criptomonedas en la renta 2026. Y si lo tuyo es la minería, la tributación tiene reglas propias que repaso en cómo declarar las criptomonedas minadas en España. Para el cuadro completo de tipos, plazos y modelos, la guía de fiscalidad cripto en España reúne las tres piezas en un mismo sitio.
DAC8: el cerco europeo que lo hace inevitable
El contexto que viene refuerza la importancia de declarar bien. La directiva europea DAC8 obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a reportar de forma automática las operaciones de sus clientes a las administraciones tributarias de la UE, con aplicación prevista a partir de 2026.
En consecuencia, el margen para que una posición cripto pase inadvertida se estrecha año a año. Hacienda recibirá la información directamente de las plataformas, de modo que la coherencia entre lo que declaras en el 721, lo que tributas en la renta y lo que reporten los exchanges dejará de ser una cuestión de buena fe para convertirse en una de cuadre automático.
De cara a los próximos ejercicios, lo prudente sería tratar el 721 no como un trámite menor de última hora, sino como parte de la misma fotografía fiscal que la renta: documentar saldos a cierre de año, guardar los justificantes de cada plataforma y, ante cualquier zona gris —autocustodia, staking, DeFi—, contrastar con un profesional antes de presentar. En un escenario en el que la información fluye sola hacia Hacienda, la mejor estrategia defensiva sigue siendo la más aburrida: declararlo todo, a tiempo y bien documentado.
Aclaración: este artículo es información general sobre obligaciones fiscales y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Las cuantías, plazos y supuestos pueden cambiar y dependen de tu situación particular; consulta siempre con un asesor fiscal colegiado antes de presentar el Modelo 721 o tu declaración de la renta.
¿Tienes información para nuestro equipo?
Si conoces una noticia o tienes una filtración, escríbenos de forma confidencial.













